Auto de procesamiento del PSAD
Auto de procesamiento
Juzgado de Instrucción de Propaganda Ilegal. Madrid, a 28 de mayo de mil novecientos cincuenta y siete.
RESULTANDO: Que con el firme propósito de realizar toda clase de actos en desprestigio del actual Régimen un grupo de individuos inspirados por Dionisio Ridruejo Jiménez pretendieron crear un partido político que denominaron «Partido Social de Acción Democrática» [...] Que la propaganda fue encomendada a Antonio Menchaca Careaga, quien obrando bajo aquella inspiración escribió diversos artículos y con otras colaboraciones consiguió que en una imprenta de París se publicasen dos números del «Boletín de Información Nacional Reservada» que fueron introducidos en España y repartidos entre distintas personas con conocimiento y anuencia de Ridruejo, inspirador igualmente del manifiesto dirigido «A los universitarios» con el anagrama U.D.S. [...] Que el borrador del programa de dicho partido, obra de Ridruejo, que no ha tenido inconveniente en reconocer, fue confeccionado a máquina [...] y en él se contienen conceptos contrarios a la actual situación política, entre otros los siguientes: «La pura y simple conservación del Poder por una camarilla reducida y servil inspira hoy todos los actos de la política nacional, incluso los más delicados». [...] «La constitución del Régimen, planeada teóricamente según el modelo de los regímenes totalitarios europeos, viene a reducirse en la práctica a la institución de la dictadura personal.» [...] «En previsión de la constitución de tal base y condición, la U.D.S. se organiza y presenta ante los españoles como una asociación independiente y democrática dispuesta a celebrar alianzas con cualquiera otra del mismo género.»
CONSIDERANDO que los hechos relacionados revisten caracteres del delito art. 245 del Código Penal de propaganda ilegal y de lo actuado resultan indicios racionales de criminalidad contra DIONISIO RIDRUEJO JIMÉNEZ [...] procede acordar su procesamiento según preceptúa el art. 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.